Ley y permiso
¿Es legal jugar en línea en México? Qué dice la ley y qué dice el permiso
Sí, con una precisión que cambia toda la respuesta: en México el juego con apuestas está prohibido por regla general desde 1947, y lo que lo vuelve legal es un permiso de la Secretaría de Gobernación. En internet no existe un permiso aparte: el sitio opera al amparo del mismo permiso que una sala física, y la prueba pública de que lo tiene es que su dominio aparezca en el registro de páginas web autorizadas de la DGJS. En la edición de agosto de 2026 ese registro tiene 137 renglones y 86 figuran como «Operando». Verificado el 10 de septiembre de 2026.
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La regla general es la prohibición, y esa es la clave
El artículo 1 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos empieza prohibiendo: «Quedan prohibidos en todo el territorio nacional… los juegos de azar y los juegos con apuestas». Lo legal es la excepción, no la regla. El artículo 3 concentra en el Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, la regulación, la autorización, el control y la vigilancia.
De ahí sale una consecuencia poco intuitiva: en México nada es legal «por ser un casino». Es legal porque existe un permiso con número, titular, fecha y vigencia. Por eso la pregunta útil casi nunca es «¿es legal el juego en línea?», sino «¿este sitio en concreto está amparado por un permiso?», y esa sí tiene respuesta documental.
La ley que rige tiene 78 años y ni una sola reforma
La Ley Federal de Juegos y Sorteos se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1947. En la página de proceso legislativo de la Cámara de Diputados, el apartado «Decretos de Reforma» de esa ley contiene una sola línea: «Sin reforma» (consultado el 10 de septiembre de 2026). Significa que todo lo que se ha movido en setenta y ocho años se movió en el reglamento, no en la ley. Internet no aparece en el texto de 1947 por razones obvias: la figura que lo acomoda es reglamentaria y se llama centro de apuestas remotas. Cómo se otorga un permiso está en cómo funciona un permiso de la SEGOB.
Dónde vive el juego en línea dentro de un permiso
El artículo 20 del reglamento tiene cuatro fracciones y la primera es la de los casinos: cruce de apuestas, centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números o símbolos. La captación por internet no tiene fracción propia: va adentro de esa. Los términos de un operador con sala en Cancún lo dicen textualmente —el permiso lo autoriza a operar salas de sorteo de números con centros de apuestas remotas y a captar apuestas vía internet o telefónica, conforme a un reglamento interno aprobado por la Secretaría— y fijan que el lugar de cumplimiento de las obligaciones es territorio mexicano.
La segunda regla estructural es de nacionalidad: el permiso sólo se otorga a sociedades mercantiles mexicanas. Una marca extranjera no lo obtiene a su nombre; entra asociada a una permisionaria mexicana y aparece en el registro en la columna de «operadora». Por eso detrás de cada sitio legítimo hay una empresa mexicana con domicilio y número.
La prueba pública es un PDF con 137 renglones
La Dirección General de Juegos y Sorteos publica el archivo «Páginas web autorizadas», con cuatro columnas: permisionaria, operadora, página web y estatus. La edición de agosto de 2026 tiene 137 renglones: 86 «Operando», 22 en baja temporal más uno marcado como temporal, 13 sin operaciones, 11 en suspensión de la propia DGJS, 2 en procedimiento administrativo y 2 en mantenimiento. El titular honesto no es «en México hay 137 casinos en línea legales», sino «hay 137 direcciones autorizadas y menos de dos tercios están funcionando». El desglose, con las filas que tocan a Quintana Roo, está en los sitios autorizados por la DGJS.
Dos matices que se pierden siempre. Estar en la lista y estar operando no es lo mismo: el nombre puede aparecer y la columna de la derecha decir «suspensión». Y el registro se publica por ediciones, así que una afirmación sobre un dominio vale lo que valga su fecha.
Cuatro situaciones y lo que se puede decir de cada una
| La situación | Lo que se sostiene con documentos |
|---|---|
| Juegas desde México en un dominio del registro con estatus «Operando» | Es juego autorizado: opera al amparo de un permiso federal y está obligado a publicar su razón social y su número. |
| Juegas en un dominio que no aparece en el registro | No cuenta con permiso de la Secretaría de Gobernación. No hay categoría intermedia ni permisos «en trámite» que valgan. |
| Tienes menos de 18 años | Queda descartado por las dos vías: el reglamento prohíbe el acceso de menores y la cuenta se condiciona a la mayoría de edad. |
| Abres la cuenta aquí y sigues jugando desde tu país | Deja de ser ley mexicana y pasa a ser contrato: hay operadores que se reservan cancelar la cuenta y no pagar si detectan juego desde un territorio restringido. |
Lo que no encontramos: una norma que castigue al jugador en línea
Aquí conviene ser exactos en lugar de dramáticos. El artículo 13 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos sanciona a los jugadores y espectadores que asistan a «un local» donde se juegue de forma ilícita: habla de un lugar físico. No localizamos ninguna disposición que criminalice a quien abre un sitio sin permiso desde su casa, y no vamos a inventar una para que la advertencia suene más grave.
Lo que sí existe es una consecuencia del lado de la plataforma. Desde el 1 de enero de 2026 el impuesto especial sobre juegos con apuestas pasó del 30 % al 50 % y alcanzó a los juegos digitales y a los prestadores no residentes, obligados a recaudar y reportar ante el SAT; el incumplimiento puede derivar en bloqueo temporal de la plataforma. Es una sanción fiscal contra el sitio, no contra el usuario, y no comprobamos casos concretos de bloqueo.
Lo que cambió en 2026 y lo que todavía es proyecto
En los medios mexicanos las iniciativas se cuentan como si fueran leyes. Esta es la separación al 10 de septiembre de 2026:
- Vigente. El IEPS sobre juegos con apuestas subió del 30 % al 50 % por decreto del 7 de noviembre de 2025, en vigor desde el 1 de enero de 2026 y extendido a juegos digitales y a no residentes.
- Proyecto. La reforma a la Ley Federal de Juegos y Sorteos anunciada por el Ejecutivo sigue siendo eso: a septiembre de 2026 no había sido presentada al Congreso.
- Iniciativa, no ley. Limitar los anuncios de apuestas en televisión después de las 22:30, o durante el Mundial de 2026, son propuestas de legisladores que no se han aprobado. Decir que en México eso ya está prohibido sería falso.
- De 2023, no de 2025. La prohibición de nuevas máquinas tragamonedas viene del decreto del 16 de noviembre de 2023, que no cerró las salas existentes: les puso un techo de vigencia el 16 de noviembre de 2038.
Las reglas que no cambian al pasar de la sala a la pantalla
- Dieciocho años. El reglamento prohíbe el acceso de menores y obliga a la sala a verificar a quien entra; en línea, la cuenta se condiciona a la mayoría de edad. La cifra 18 no está escrita en el reglamento: es la mayoría de edad en México. Detalle en edad e identificación.
- Pesos. Las operaciones se hacen en moneda nacional, y un operador con permiso lo repite en su propia ayuda: «únicamente acepta depósitos en moneda nacional (MXN)». Por qué en la caja tampoco conviene el dólar: pesos o dólares.
- Nada de crédito. El artículo 11 prohíbe a los permisionarios otorgar crédito al apostador, directa o indirectamente. Es la única norma financiera protectora del juego mexicano: aquí no hay crédito.
- Identificación antes de cobrar. Para registrarte no piden documentos; antes del primer retiro, sí. Un operador con permiso publica la lista: identificación oficial vigente, comprobante de domicilio no mayor a tres meses y RFC.
El impuesto, y por qué aquí no verás un 21 %
La Ley del Impuesto sobre la Renta separa dos supuestos en su artículo 138. Para premios de juegos con apuestas la tasa es del 1 % sobre el valor total de la cantidad a distribuir entre los boletos premiados, y la retiene quien paga el premio. El famoso 21 % corresponde a otro párrafo y sólo se activa donde la entidad grava con impuesto local esos mismos ingresos por encima del 6 %.
No es el caso de Quintana Roo: su impuesto es del 10 % sobre las erogaciones —lo que gastas para jugar, incluida cada carga de la tarjeta de la casa—, lo retiene quien opera el establecimiento y no grava el premio. La tasa federal que corresponde aquí es la del 1 %. El cálculo completo está en impuestos y Quintana Roo.
Queda una comprobación más terrenal que cualquier documento: varias salas de Quintana Roo pertenecen a grupos que además tienen sitio autorizado. Ese cruce, fila por fila, en la sala contra el sitio del mismo operador.
Preguntas frecuentes
¿Es legal jugar en un casino en línea desde México?
Sí, si el sitio tiene permiso. El juego con apuestas está prohibido por regla general en la ley de 1947 y se vuelve legal con un permiso de la Secretaría de Gobernación. En internet no hay permiso propio: el sitio opera dentro del permiso de la fracción I del artículo 20 del reglamento, como centro de apuestas remotas, y la prueba pública es que su dominio esté en el registro de la DGJS.
¿Jugar en un sitio sin permiso es un delito para el jugador?
No localizamos ninguna norma que criminalice al jugador en línea. El artículo 13 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos sanciona a quienes asisten a un local físico donde se juega de forma ilícita, que es otra cosa. Lo que sí desaparece sin permiso es la vía de reclamo: no hay permisionaria mexicana identificable ni autoridad con competencia sobre el sitio.
¿Cuántos casinos en línea legales hay en México?
La pregunta correcta es cuántas páginas están autorizadas. En la edición de agosto de 2026 del registro de la DGJS hay 137 renglones: 86 aparecen como «Operando», 22 más uno en baja temporal, 13 sin operaciones, 11 en suspensión de la propia dirección, 2 en procedimiento administrativo y 2 en mantenimiento.
¿Cuánto se paga de impuesto por un premio de casino en México?
Por premios de juegos con apuestas la Ley del Impuesto sobre la Renta fija el 1 % sobre el valor total de la cantidad a distribuir, y lo retiene quien paga. El 21 % que circula en internet es otro párrafo y sólo aplica donde la entidad grava esos mismos ingresos por encima del 6 %; Quintana Roo no lo hace: su 10 % recae sobre lo que gastas para jugar, no sobre lo que ganas.
¿Cambió la ley del juego en México en 2026?
La Ley Federal de Juegos y Sorteos sigue sin una sola reforma desde 1947. Lo que sí cambió el 1 de enero de 2026 fue el impuesto especial, que subió del 30 % al 50 % y alcanzó a los juegos digitales. La reforma anunciada por el Ejecutivo seguía siendo un proyecto no presentado al Congreso.